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jueves, 18 de julio de 2019


REUNIONES DE GRUPOS DE TRABAJO DEL IV CONVENIO ÚNICO

Se continúa avanzando en el encuadramiento en la nueva clasificación, pero la Administración no aclara cuándo se van a actualizar las nominas y abonar atrasos.
17/07/2019

Ayer, día 16 de julio, se han reunido de nuevo el Grupo de trabajo de clasificación y encuadramiento y el Grupo de traslados del IV Convenio Único.

CCOO hemos exigido información sobre la actualización de las nóminas para que los trabajadores y trabajadoras empiecen YA a percibir las retribuciones que marca el IV CU y los atrasos correspondientes (desde 1 de enero de 2019). Aunque el Convenio entró en vigor el 17 de mayo, parece no haber prisa por que se apliquen las nuevas tablas salariales. Aunque la Administración manifiesta que es necesario finalizar el trabajo de encuadramiento para hablar de efectos económicos, la asignación de especialidades o su creación (en los casos excepcionales en que sea necesaria) no puede retrasar el pago de los salarios del IV Convenio.

El encuadramiento, es decir la asignación de los grupos profesionales que determinan las retribuciones, debería estar ya prácticamente resuelto, con excepción de algunas actividades del Anexo V sobre las que seguimos trabajando. Sin embargo, no todos los departamentos y organismos han enviado a Función Pública su propuesta de encuadramiento, y pocos están dando participación a la parte social en las Subcomisiones Paritarias.

En el Grupo de trabajo de clasificación y encuadramiento se están revisando los datos aportados por Defensa, Administración de Justicia, IEO, IGME, Economía y Empresa, INIA, CIEMAT y AEI, quedando pendientes para la próxima reunión los del Instituto Carlos III, Agricultura, Transición Ecológica, INE y CSIC.

CCOO insistimos en que no es posible incluir nuevas actividades en el Anexo V, como pretende la Administración dejando incluso alguna actividad más en el Grupo E0. De lo que se trata es de lo contrario: encontrar cualificaciones profesionales que permitan sacar actividades de dicho anexo para que tengan el encuadramiento general.
En el Grupo de trabajo de Traslados se está trabajando sobre situaciones transitorias hasta la puesta en marcha del concurso abierto y permanente, que –sin excusas– tendrá que estar habilitado en el último trimestre de este año.

La propuesta conjunta de CCOO y UGT reitera el criterio general de no elevar a definitiva ninguna situación temporal (adscripciones temporales, adscripciones provisionales por reingreso o atribuciones temporales de complementos), para evitar la vulneración de derechos de otros trabajadores y trabajadoras. Mantenemos en la propuesta que los puestos ocupados en adscripción provisional (art. 57 III CU) deberán ofertarse –al igual que los de adscripción temporal- en el concurso abierto y permanente en cuanto se habilite. Quienes se encuentren en adscripción provisional tendrán que concursar para obtener plaza con carácter definitivo; sin embargo, si concursan y no obtienen plaza, y solo en el caso de que hubieran solicitado todas las plazas de su grupo y/o especialidad (en la línea de lo dispuesto en el art 96.4 del C.U), se les podrá asignar un puesto definitivo.

Exigimos que en el acuerdo que pueda derivar de este Grupo de trabajo se incluyan directrices sobre atribución temporal de complementos: los puestos vacantes de origen de los complementos deben ofertarse igualmente en el concurso.
La Administración sigue sin admitir que las adscripciones temporales (art. 32.4 del III CU) se prolonguen hasta que se habilite el concurso abierto y permanente, alegando que no se pueden prorrogar más de 2 años según lo previsto en el III Convenio –que ya no está en vigor-. Pretendía en cambio seguir dando nuevas adscripciones, figura que no existe en el IV CU. Parecen no entender que estamos hablando de medidas excepcionales para un periodo transitorio que no debe prolongarse en ningún caso más allá del último trimestre de 2019 y para dar salida a situaciones generadas con la normativa anterior, de modo que haya un tratamiento homogéneo y acordado por el que deberán regirse todos los departamentos.

La próxima semana continuarán las reuniones de estos grupos de trabajo, en las que se tratará de alcanzar acuerdo de cara a la reunión de la Comisión Paritaria del día 24 de julio

martes, 16 de julio de 2019

Reuniones de los Grupos de Trabajo clasificación y encuadramiento, y traslados del IV Convenio Único
  • CCOO Y UGT seguimos defendiendo que se respeten los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad en las medidas que se acuerden para el periodo transitorio y que se apliquen criterios objetivos para el encuadramiento.
12/07/2019.
Clasificacion
Clasificacion
CCOO Y UGT seguimos defendiendo que se respeten los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad en las medidas que se acuerden para el periodo transitorio y que se apliquen criterios objetivos para el encuadramiento.
12/07/2019
El 11 de julio se han celebrado reuniones de los Grupos de trabajo de la Comisión Paritaria que se iniciaron la semana pasada.
CLASIFICACIÓN Y ENCUADRAMIENTO:
Para esta nueva reunión se cuenta con la documentación recibida de los departamentos y organismos que “han hecho los deberes” enviado la información relativa a sus ámbitos que se les solicitó desde Función Pública el 29 de marzo: ADMINISTRACION DE JUSTICIA, DEFENSA, IEO, ECONOMIA Y EMPRESA, IGME, INIA y CIEMAT.
Ante la solicitud de información sobre los departamentos que faltan por parte de UGT y CCOO, la Administración comunica el envío de un recordatorio de las instrucciones del encuadramiento del personal de IV CU, con fecha límite para la recepción de los datos el 6 de septiembre próximo.
CCOO y UGT manifestamos de nuevo cuáles deben ser los criterios que presidan el trabajo de este grupo, que son:
El encuadramiento es el “volcado” de los puestos de trabajo en el nuevo sistema de clasificación. Deberá ser automático en la gran mayoría de los casos, y solo debería presentar dudas que estudiar en el caso de actividades del Anexo V, que serán objeto de estudio.Es esencial la participación en este encuadramiento de las Subcomisiones Paritarias, lo que se debería alentar desde Función Pública, ya que no se está haciendo en todos los casos.La asignación de especialidades responderá a criterios objetivos: especialidad actual del puesto o modificación de la misma documentalmente acreditada; contrato de trabajo de quien la ocupe, sentencia –en su caso- donde se indique especialidad, etc.Solo se crearán por la Comisión Paritaria las especialidades estrictamente necesarias siguiendo lo marcado en el art. 10 del IV CU.
En el rápido análisis de los documentos facilitados, detectamos disfunciones subsanables entre las que destacan especialmente 67 puestos “sin definir” (DEFENSA e IGME), falta de datos que los departamentos tendrán que subsanar, y otros –los menos- que requieren estudio.
Ante la intención de la Administración de ampliar las actividades del Anexo V, UGT y CCOO manifestamos nuestro rotundo rechazo: este anexo, con actividades que una excepción en el encuadramiento general, sólo podrá hacerse en el caso de encuadramiento favorable a los trabajadores y trabajadoras, como sería el caso de los delineantes (Grupo 4 AF2), que se encuadrarían en el M1 atendiendo al nivel la cualificación correspondiente. Toda actividad no incluida en este anexo tendrá el encuadramiento general, de modo que conductores y conductoras del Grupo 3 –por poner un ejemplo en el que hay discrepancia con la Administración- deberán ir al M1.
TRASLADOS:
No hay demasiado avance en este grupo, a la vista de que, de la propuesta de CCOO y UGT –mayoría de la parte social en la Comisión Paritaria- sobre situaciones temporales y transitorias (adscripciones temporales y adscripciones provisionales por reingreso, de las que se aportan datos, y atribución temporal de complementos) solo se ha recogido por parte de la Administración la no asignación de nuevas adscripciones temporales a partir de la entrada en vigor del IV CU.
Sin embargo, de manera unilateral y pasando por alto a este grupo de trabajo, desde Función Pública ya se comunicó a los departamentos ministeriales que aquellas cuya tramitación se haya iniciado hasta esa fecha (aunque no concluida y aprobada) sí son válidas. Tampoco aclaran ahora qué va a pasar con las adscripciones nuevas dadas en algunas Subcomisiones ya con el IV CU, incluso cuando aún no se había constituido la Comisión Paritaria. Solo se han rechazado desde entonces las interdepartamentales.
La Administración se sigue negando a prorrogar las adscripciones temporales dadas antes de la entrada en vigor del IV CU más allá de los 2 años, lo que no permitiría a quienes las ocupan optar a ellas en el concurso abierto y permanente si aún no está en marcha en el momento de la finalización de la adscripción. Insiste, en cambio, en elevar a definitivas las adscripciones provisionales (antiguo art. 57).
En cuanto a la “regularización” de los complementos atribuidos temporalmente, de nuevo la Administración pasa de puntillas y deja la pelota en el tejado de los departamentos. Aunque pelearemos por que en las Subcomisiones se llegue a acuerdos en la línea manifestada en nuestra propuesta conjunta, creemos que es imprescindible que desde el Grupo de trabajo y la Comisión Paritaria se inste a hacerlo así con un criterio homogéneo.
Para UGT y CCOO, todo lo que suponga transformar en definitivo lo que era provisional y transitorio incumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad, al adjudicar “a dedo” puestos o complementos vulnerando así los derechos de trabajadores y trabajadoras del Convenio que deberían poder optar a ellos. No deja de sorprendernos que la tercera organización sindical presente en el grupo pretenda defender con uñas y dientes este disparate.
Las próximas reuniones seránel día 16 de julio. Para entonces, habremos revisado concienzudamente todos los datos de encuadramiento aportados por los ministerios y presentaremos nueva propuesta de acuerdo sobre el tratamiento que deberá darse a las adscripciones provisionales por reingreso que entendamos que suponga la mejor solución posible sin caer en la solución fácil que otros defienden.
De llegarse a acuerdo en el Grupo de trabajo de traslados sobre criterios que aplicar en periodo transitorio hasta puesta en marcha del concurso abierto y permanente, se llevaría al pleno de la Comisión Paritaria que se celebrará, previsiblemente, el día 24 de julio.
La Administración boicotea su Concurso Unitario
  • Este miércoles hemos mantenido la segunda reunión del Grupo de trabajo de movilidad para establecer los criterios del concurso unitario de personal funcionario. La constitución del grupo de trabajo se llevó a cabo el 21 de mayo, y desde entonces la Administración no ha avanzado en el contenido del mismo.
12/07/2019.
Concurso Unitario
Concurso Unitario
11/07/19
Este miércoles hemos mantenido la segunda reunión del Grupo de trabajo de movilidad para establecer los criterios del concurso unitario de personal funcionario. La constitución del grupo de trabajo se llevó a cabo el 21 de mayo, y desde entonces la Administración no ha avanzado en el contenido del mismo.
En un primer momento parecía interesada en el procedimiento y planteaba un documento recopilando las propuestas de las organizaciones sindicales y expresando la suya propia. Pero, más allá de este trabajo, no hemos conseguido ningún avance significativo en la reunión, por más elementos que CCOO hemos planteado para su debate y búsqueda de acuerdo.
CCOO partimos de la necesidad de concretar una fecha límite para este estudio de las propuestas, tras la cual iniciar la solicitud de puestos a los ministerios, poniendo en marcha y resolviendo cuanto antes este concurso unitario. Entendemos que dotarnos de este marco temporal es la única garantía de avance y, por tanto, de dar impulso a este proceso tan necesario para el personal de los diferentes ámbitos.
En este sentido, CCOO consideramos que el punto de partida debe venir determinado por la Administración, que debe exponer claramente cuál es el marco sobre el que plantear propuestas por parte de las organizaciones sindicales. Colocar la pelota en el tejado de la parte social no es sino una invitación a tantear cuál es el verdadero interés en la gobernanza de este concurso.
Recordamos que el concurso unitario deriva del I Acuerdo de movilidad de personal funcionario. Además de ser una herramienta para responder a necesidades concretas de personal en puestos vacantes, CCOO exigimos la inclusión de aquellos que vienen estando ocupados de manera provisional, y que deben por tanto tener la consideración de estructurales.
Este concurso debe conjugar esta necesidad de la Administración con el interés del personal funcionario, fomentando la movilidad geográfica y garantizando el mayor peso de méritos lo más objetivos posibles, como la antigüedad.
CCOO entendemos que no solo están encima de la mesa los criterios para la baremación de cada uno de los méritos sino, además, lo relativo al anexo de puestos y la definición de qué niveles, complementos específicos y tipologías tienen que formar parte del concurso.
Insistimos a la Administración en la necesidad de continuar cuanto antes la negociación de este proceso, nos trasladan que la semana que viene cerraremos las fechas para una tercera reunión.

Primera reunión del Grupo de Trabajo de Traslados y del Grupo de Clasificación y Encuadramiento del IV Convenio Único
  • CCOO ha presentado propuesta conjunta con UGT sobre situaciones transitorias, dejando claro que no sería necesario ningún “periodo transitorio” si se hace efectivo ya el encuadramiento y se pone en marcha el concurso abierto y permanente.
12/07/2019.

IV Convenio Unico
CCOO ha presentado propuesta conjunta con UGT sobre situaciones transitorias, dejando claro que no sería necesario ningún “periodo transitorio” si se hace efectivo ya el encuadramiento y se pone en marcha el concurso abierto y permanente.
Los días 4 y 5 de junio se han reunido el Grupo de trabajo de traslados y el Grupo de clasificación y encuadramiento, respectivamente, creados en la Comisión Paritaria del IV Convenio Único. Las primeras reuniones para que el convenio pueda aplicarse en su totalidad.
GRUPO DE TRABAJO DE TRASLADOS:
Mientras se lleva a cabo el encuadramiento de los puestos de trabajo en el nuevo sistema de clasificación procede, en cumplimiento de la Disposición Transitoria Tercera, decidir medidas con respecto a artículos del III Convenio Único: 32.4 (adscripciones temporales), 57 (reingresos) y atribución temporal de complementos a puestos ocupados, temas que, para CCOO es urgente dejar acordados para que los diferentes departamentos y organismos tengan instrucciones claras para actuar de forma homogénea.
En esta primera reunión el debate e intercambio de posturas sobre estos temas está bastante alejado de un posible acuerdo que, para CCOO, pasa por no elevar a definitiva ninguna situación provisional o temporal, preservando así los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben estar presentes en todo momento en el empleo público.
Adscripción temporal, figura que desaparece en el IV CU: sobre las adscripciones dadas hasta la entrada en vigor del nuevo Convenio, la Administración pretende que se produzca el retorno al puesto de trabajo de origen del trabajador que ocupa el puesto al llegar al plazo máximo contemplado en el III CU (un año prorrogable por otro año). Plantean, además, la posibilidad de dar nuevas adscripciones en casos muy excepcionales, plenamente justificamos mediante informe, y con requisitos tasados.
CCOO hemos defendido que se mantengan todas las adscripciones temporales hasta que se produzca la primera resolución del concurso abierto y permanente, en el que deberán salir las plazas así ocupadas, reiterando nuestra exigencia de que el concurso esté en marcha en el último trimestre de 2019 a más tardar. No tiene justificación, por tanto, seguir aplicando una forma de movilidad que ya no existe en el IV Convenio con nuevas adjudicaciones
Adscripción provisional por reingreso. También desaparece en el nuevo Convenio, ya que la forma ordinaria de reingreso será mediante el concurso abierto y permanente. En este caso, la Administración pretende elevar a definitivas las adscripciones provisionales actuales (201 puestos) con el fin de cerrar los casos que se mantienen en situación de provisionalidad desde el III Convenio y nunca sería en puestos incluidos dentro del Anexo II salvo excepciones a estudiar.
Para CCOO estas plazas deben ser incluidas igualmente en el concurso abierto y permanente dando opción a quienes las ocupan a que se les adjudiquen de forma definitiva, si bien será necesario ofrecer una solución para quienes no obtengan la plaza. Igualmente, habilitar un periodo transitorio para nuevas solicitudes de reingreso en caso de demora de habilitación del concurso.
Atribución temporal de complementos. No puede haber nuevas atribuciones al no existir ya en el IV Convenio, y, según la Disposición Transitoria Quinta, los departamentos ministeriales y organismos disponen de un plazo de seis meses para “regularizar la situación de los puestos afectados por estos complementos”.
Con este tema, ya hemos vivido en los últimos años varios intentos por parte de diferentes departamentos de atribuir de forma definitiva complementos dados temporalmente, sin criterios de igualdad de oportunidades para todos los trabajadores y trabajadoras en circunstancias análogas. Ahora la Administración “se quita el muerto de encima” y deja en manos de los departamentos la regularización de estos puestos, que puede ir desde la pretensión de elevar a definitivos, retornar los complementos a los puestos de origen o reubicarlos de nuevo en otro puesto.
La propuesta de CCOO es, de nuevo, permitir que las personas que están percibiendo complementos de forma temporal puedan optar al puesto que los tenga de forma definitiva, pero con libre concurrencia de otros trabajadores y trabajadoras, ofertando en el concurso las plazas de origen de los complementos. Cuando el puesto de origen esté en localidad distinta del puesto receptor del complemento, la Administración podrá desconcentrar el puesto y llevarlo a donde realmente se necesiten puesto y complemento(s).
GRUPO DE TRABAJO DE CLASIFICACIÓN Y ENCUADRAMIENTO:
Algo más positivo resulta esta reunión, aunque, de entrada, CCOO manifestamos que el encuadramiento de los puestos en los nuevos grupos profesionales debería estar listo en breve plazo, ya de él depende todo lo demás: actualización de retribuciones y percepción de atrasos para el personal laboral del IV Convenio Único, puesta en marcha de mecanismos de movilidad y formas de provisión, etc. Será, en todo caso, la asignación de determinadas especialidades que presenten dudas la que podría ser objeto de estudio en este grupo.
La Administración aporta datos sobre el proceso de encuadramiento en los distintos departamentos, y pone como fecha de finalización de este encuadramiento el 30 de septiembre próximo, ya que ciertas “disfunciones” o dudas sobre algunas especialidades deben solventarse para dejar todo cerrado. En ese momento –insistimos- debería actualizarse todo lo relativo a retribuciones.
Estos dos grupos de trabajo se reunirán de nuevo la semana próxima. Esperamos que esas reuniones concluyan ya con criterios cerrados, en el caso de las situaciones transitorias de movilidad y complementos, y más resultados sobre otros aspectos urgentes.

jueves, 11 de julio de 2019


 
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 Cuotas mensuales vigentes:

Cuota Súper Reducida (S) 3,00 euros mensuales. De aplicación para las personas que no perciban retribuciones, ingresos o prestaciones, o en caso de percibirlas sean en cuantías brutas iguales o inferiores a 7.000 euros. Esta cuota será revisable cada 12 meses con los ingresos, ya sean ciertos o los previstos para cada ejercicio.

Cuota Especial (E) 7,10 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con retribuciones, ingresos o prestaciones brutas comprendidas entre los 7.001 euros y los 14.000 Euros.

Cuota General Reducida (G) 11,80 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con unos ingresos o prestaciones anuales brutas comprendidas entre las 14.001 euros anuales y los 24.000 euros anuales.

Cuota General Ordinaria (V) 13,00 euros mensuales. De aplicación a todas las personas con unos ingresos o prestaciones anuales superiores a 24.001 euros anuales.

Cuotas Generales de Pensionistas y Jubilados (S,E,R) De aplicación para las personas con los siguientes tramos retributivos. En el primer tramo de ingresos que va de 0.00 a 7.000 Euros, se aplicara la cuota súper reducida (S), para aquellos que tengan unos ingresos comprendidos entre los 7.001 y los 14.000 Euros, se aplicara la cuota especial (E) y para los ingresos brutos superiores a 14.000 euros se aplicara una cuota de 10.05 euros mensuales denominada General PPJJ (R).

Cuota Militante (M) 16,70 euros mensuales. Cuota Voluntaria.
 

En esta nueva legislatura que comenzamos, seguimos confiando en vuestro apoyo y colaboración y necesitamos que forméis parte de nuestra organización, CC.OO. Vosotros/as sois la fuerza que necesitamos para seguir luchando por nuestros derechos como trabajadores/as.
 
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PRIMERA REUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO DE TRASLADOS Y DEL GRUPO DE CLASIFICACIÓN Y ENCUADRAMIENTO DEL IV CONVENIO ÚNICO



CCOO hemos presentado propuesta conjunta con UGT sobre situaciones transitorias, dejando claro que no sería necesario ningún "periodo transitorio" si se hace efectivo ya el encuadramiento y se pone en marcha el concurso abierto y permanente.
05/07/2019
Los días 4 y 5 de junio se han reunido el Grupo de trabajo de traslados y el Grupo de clasificación y encuadramiento, respectivamente, creados en la Comisión Paritaria del IV Convenio Único. Las primeras reuniones para que el convenio pueda aplicarse en su totalidad.
GRUPO DE TRABAJO DE TRASLADOS:
Mientras se lleva a cabo el encuadramiento de los puestos de trabajo en el nuevo sistema de clasificación procede, en cumplimiento de la Disposición Transitoria Tercera, decidir medidas con respecto a artículos del III Convenio Único: 32.4 (adscripciones temporales), 57 (reingresos) y atribución temporal de complementos a puestos ocupados, temas que, para CCOO es urgente dejar acordados para que los diferentes departamentos y organismos tengan instrucciones claras para actuar de forma homogénea.

En esta primera reunión el debate e intercambio de posturas sobre estos temas está bastante alejado de un posible acuerdo que, para CCOO, pasa por no elevar a definitiva ninguna situación provisional o temporal, preservando así los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben estar presentes en todo momento en el empleo público.

Adscripción temporal, figura que desaparece en el IV CU: sobre las adscripciones dadas hasta la entrada en vigor del nuevo Convenio, la Administración pretende que se produzca el retorno al puesto de trabajo de origen del trabajador que ocupa el puesto al llegar al plazo máximo contemplado en el III CU (un año prorrogable por otro año). Plantean, además, la posibilidad de dar nuevas adscripciones en casos muy excepcionales, plenamente justificamos mediante informe, y con requisitos tasados.

CCOO hemos defendido que se mantengan todas las adscripciones temporales hasta que se produzca la primera resolución del concurso abierto y permanente, en el que deberán salir las plazas así ocupadas, reiterando nuestra exigencia de que el concurso esté en marcha en el último trimestre de 2019 a más tardar. No tiene justificación, por tanto, seguir aplicando una forma de movilidad que ya no existe en el IV Convenio con nuevas adjudicaciones

Adscripción provisional por reingreso. También desaparece en el nuevo Convenio, ya que la forma ordinaria de reingreso será mediante el concurso abierto y permanente. En este caso, la Administración pretende elevar a definitivas las adscripciones provisionales actuales (201 puestos) con el fin de cerrar los casos que se mantienen en situación de provisionalidad desde el III Convenio y nunca sería en puestos incluidos dentro del Anexo II salvo excepciones a estudiar. 2 Sector de la Administración General del Estado de FSC-CCOO Plaza de Juan Zorrilla, 1, 1ª planta, 28003 Madrid Teléfono: 91 273 47 10 - 91 273 47 07 sae@fsc.ccoo.es www.sae.fsc.ccoo.es

Para CCOO estas plazas deben ser incluidas igualmente en el concurso abierto y permanente dando opción a quienes las ocupan a que se les adjudiquen de forma definitiva, si bien será necesario ofrecer una solución para quienes no obtengan la plaza. Igualmente, habilitar un periodo transitorio para nuevas solicitudes de reingreso en caso de demora de habilitación del concurso.

Atribución temporal de complementos. No puede haber nuevas atribuciones al no existir ya en el IV Convenio, y, según la Disposición Transitoria Quinta, los departamentos ministeriales y organismos disponen de un plazo de seis meses para "regularizar la situación de los puestos afectados por estos complementos".

Con este tema, ya hemos vivido en los últimos años varios intentos por parte de diferentes departamentos de atribuir de forma definitiva complementos dados temporalmente, sin criterios de igualdad de oportunidades para todos los trabajadores y trabajadoras en circunstancias análogas. Ahora la Administración "se quita el muerto de encima" y deja en manos de los departamentos la regularización de estos puestos, que puede ir desde la pretensión de elevar a definitivos, retornar los complementos a los puestos de origen o reubicarlos de nuevo en otro puesto.

La propuesta de CCOO es, de nuevo, permitir que las personas que están percibiendo complementos de forma temporal puedan optar al puesto que los tenga de forma definitiva, pero con libre concurrencia de otros trabajadores y trabajadoras, ofertando en el concurso las plazas de origen de los complementos. Cuando el puesto de origen esté en localidad distinta del puesto receptor del complemento, la Administración podrá desconcentrar el puesto y llevarlo a donde realmente se necesiten puesto y complemento(s).



GRUPO DE TRABAJO DE CLASIFICACIÓN Y ENCUADRAMIENTO:
Algo más positivo resulta esta reunión, aunque, de entrada, CCOO manifestamos que el encuadramiento de los puestos en los nuevos grupos profesionales debería estar listo en breve plazo, ya de él depende todo lo demás: actualización de retribuciones y percepción de atrasos para el personal laboral del IV Convenio Único, puesta en marcha de mecanismos de movilidad y formas de provisión, etc. Será, en todo caso, la asignación de determinadas especialidades que presenten dudas la que podría ser objeto de estudio en este grupo.

La Administración aporta datos sobre el proceso de encuadramiento en los distintos departamentos, y pone como fecha de finalización de este encuadramiento el 30 de septiembre próximo, ya que ciertas "disfunciones" o dudas sobre algunas especialidades deben solventarse para dejar todo cerrado. En ese momento –insistimos- debería actualizarse todo lo relativo a retribuciones.



Estos dos grupos de trabajo se reunirán de nuevo la semana próxima. Esperamos que esas reuniones concluyan ya con criterios cerrados, en el caso de las situaciones transitorias de movilidad y complementos, y más resultados sobre otros aspectos urgentes.